Establecimiento de un régimen de Custodia Compartida en un divorcio que inicialmente tuvo custodia monoparental.
Según Sentencia de 18 de noviembre de 2014, de la Sala Primera del
Tribunal Supremo, el que la custodia monoparental atribuida inicialmente a la
madre y pactada en un convenio regulador que fue otorgado ante notario haya
funcionado bien, no es especialmente significativo para impedir que se adopte
la custodia compartida, pues ello supondría desconocer las etapas de desarrollo
del hijo y dejar de valorar el mejor interés.
En el supuesto concreto, el cambio de residencia del padre, la
modificación de su horario laboral, y la relación cordial entre los
progenitores aconsejan establecer la custodia compartida por semanas.
Comentarios
Publicar un comentario