Condenan al concesionario vendedor de una motocicleta defectuosa a sustituirla por otra

En 2009, un consumidor compró una moto que a los 25 días de su adquisición ya presentaba múltiples defectos.

Estos fallos se corrigieron durante los primeros seis meses de la garantía, pero al año siguiente tuvo que repararse de nuevo debido a un ruido localizado en el motor.

No se logró la reparación definitiva.
Considerando que la moto era defectuosa de origen el consumidor acudió a los tribunales y solicitó que se condenara al vendedor a sustituir la moto por otra nueva igual o similar.

Y ganó el pleito. Dice la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en sentencia de 24 de julio de 2009, que procedía la sustitución del producto a pesar de que el consumidor había usado la moto durante dos años y medio puesto que se registraron defectos graves que obstaculizaron su uso normal.

Era evidente, por tanto, la falta de conformidad del producto entregado, máxime cuando algunas deficiencias seguían sin repararse, lo que autorizaba al comprador a reclamar la sustitución de la motocicleta por otra unidad de las mismas características, puesto que la reparación de las averías era imposible.



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