HIPOTECAS: CLÁUSULA SUELO-TECHO.

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Condenan al banco a devolver 4.546 euros cobrados de más por aplicar la cláusula suelo-techo de la hipoteca.


Un ciudadano con cláusula suelo-techo en su hipoteca demandó al banco y reclamó la nulidad de esta condición general por abusiva. Solicitó eliminarla y la devolución de 4.547 euros que consideraba abonados de más como consecuencia de la cláusula. Y es que a pesar de tener pactado un interés variable del Euribor más 0'90 la cláusula establecía que en las revisiones el tipo de interés nominal aplicable no sería superior al 15% anual, ni inferior al 3,25%. Y ganó el pleito. 
Dice el Juzgado de lo Mercantil número dos de Málaga, en esta sentencia de 23 de mayo de 2013, que debía acreditarse por el banco la información previa y pormenorizada a sus clientes del significado de esta cláusula. Considera que no se hizo porque aunque constara en la oferta vinculante, en la práctica, la oferta vinculante se traduce en un "firme usted aquí" y la información del notario suele resumirse en una lectura apresurada. Por lo que estima la demanda, y condena a devolver todas las cantidades cobradas.

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¿Quieres ver la sentencia del Tribunal Supremo que anula las cláusulas suelo de las hipotecas? Pula aquí.

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